El idioma como integración de los ciudadanos inmigrantes

El ser humanos, como ser sociable, necesita vivir en sociedad para sentirse realizado. Dicha convivencia requiere poder interactuar unos con otros, comunicándose entre sí a través de  la lengua.

La posibilidad de hablar nos permite ser autosuficientes y manejarnos a diario dentro de nuestra rutina que conlleva poder comunicarnos unos con otros dentro de nuestro entorno y llevar a cabo hechos diarios como  trabajar, comprar alimentos que necesitamos para mantenernos, utilizar un transporte público, informarnos a cerca de cualquier dirección que debamos buscar, etc…

Estos hechos rutinarios a los que me he referido, se encuentran incluidos dentro de la posibilidad de ejercitar por parte de un ciudadano sus Derechos y Obligaciones. Lo que sucede, es que la posibilidad del ejerció de los mismos, queda limitado en el supuesto de que una persona se encuentre incapacitada o desconozca el idioma de su entorno.

Éste es el supuesto en el que se encuentran gran número de ciudadanos extranjeros que vienen a vivir a España, y que solicitan y obtienen una autorización de residencia con o sin trabajo y que deciden a vivir en nuestro país.

En muchas ocasiones nos encontramos a ciudadanos extranjeros residentes en España que no conocen ninguno de los idiomas oficiales que se hablan, lo cual los obliga a ser dependientes de cualquiera de sus familiares o cualquier miembro de su entorno que les traduzca o tener contacto y relacionarse únicamente con ciudadanos de su propia nacionalidad, en cuyo caso se crean guetos como sucede en barrios de diferentes lugares, como Montreal con su barrio chino.

La cuestión es: ¿Hasta qué punto una persona que no pueda ser autónoma lingüísticamente hablando puede ver peligrar sus Derechos frente a terceros?

Si el idioma es el que nos permite integrarnos en una sociedad y ejercitar nuestros Derechos por nosotros mismos, ante la ausencia de tal capacidad, ¿Estamos a expensas de un traductor que ejercite mejor o peor su trabajo? O que interprete mejor o peor aquello que debe traducir.

A modo de ejemplo, me remito a este vídeo, donde a través de un corto, se relata la situación por la que pasa una mujer musulmana que acude a la policía danesa para pedir ayuda ante los malos tratos que recibe de su marido. La traductora,  también musulmana, en vez de trasladar los malos tratos recibidos por la mujer, traslada a la policía únicamente desavenencias conyugales,  e intenta convencer a la mujer de que debe volver a casa, rezar y acudir al imán para solucionar sus problemas, evitando así que puedan deportar a su marido.

La mujer está ante dicha incomunicación, indefensa y aislada en un país extranjero para ella.

La ley de extranjería en España garantiza el derecho de los ciudadanos extranjeros a tener un intérprete, como lo debe hacer la ley danesa, tal y como queda reflejado en el vídeo… Pero no hay traductor que pueda reflejar tan bien unos hechos, como uno mismo.
Marc Giménez Bachmann

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