La toma de ADN a los imputados

Nuevo Acuerdo de la Sala Segunda del Tribunal Supremo:

Con fecha 24 de septiembre de 2014 el Consejo General del Poder Judicial ha emitido la siguiente noticia judicial: El TS establece que la toma de ADN a los imputados precisa de asistencia letrada o autorización judicial.

Acuerdo de la Sala Segunda del Tribunal Supremo reunida en Sala General para unificación de doctrina en materia de toma de prueba de ADN en sede policial.

Los magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, reunidos en Sala General, han acordado que la toma biológica de muestras para la práctica de la prueba de ADN con el consentimiento del imputado precisa de la asistencia de letrado cuando el imputado se encuentra detenido o, en su defecto, de autorización judicial.

Sin embargo, la Sala ha decidido que es válido el contraste de muestras obtenidas en la causa objeto de enjuiciamiento con los datos obrantes en la base de datos policial, procedentes de una causa distinta, aunque no conste la asistencia de letrado, cuando el acuso no ha cuestionado la licitud y validez de esos datos durante la fase de instrucción del proceso.

ADN

 

 

One Reply to “La toma de ADN a los imputados”

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *